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Detalla Académico Español “La Responsabilidad Civil Derivada de la Circulación de los Vehículos Autónomos”

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“En mi opinión la principal dificultad radica en el marco normativo, pues la tecnología está superada, no hay problema en ello. Creo que muy probablemente se dé un desplazamiento de la responsabilidad civil a los fabricantes, no tanto al propietario”, subrayó el Dr. Juan Alberto Diez Ballesteros.

 

En el auditorio “Carlos Ramírez Ladewig” del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH), la División de Estudios Jurídicos organizó la Conferencia Magistral: “La Responsabilidad Civil Derivada de la Circulación de los Vehículos Autónomos (Marco Normativo Español y de la Unión Europea)”, impartida por el Dr. Juan Alberto Diez Ballesteros, director del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Alcalá, España.

 

El director de la División de Estudios Jurídicos del CUCSH, Dr. José de Jesús Becerra Ramírez, explicó que “el tema abre las interrogantes que la tecnología exige a la ciencia del derecho para adaptar y armonizar. La Conferencia del Dr. Juan Diez, resulta una oportunidad fabulosa para que ustedes los estudiantes se den cuenta del planteamiento de la Unión Europea y de España, en el tema. Nosotros estamos en puertas de que ese tipo de dilemas sean una realidad en el derecho mexicano”.

 

El Dr. Diez Ballesteros comenzó por dar una definición de lo que es un vehículo autónomo, al cual se le conoce como robótico, o informalmente como sin conductor o auto conducido. “Es un vehículo capaz de imitar las capacidades humanas de manejo y control. Como vehículo autónomo, es capaz de percibir el medio que le rodea y navegar en consecuencia. El conductor podrá elegir el destino, pero no se le requiere para activar ninguna operación mecánica del vehículo”, destacó.

 

Para el académico de la Universidad de Alcalá, el vehículo autónomo es una tecnología disruptiva, es decir “que altera sustancialmente las reglas del juego tradicionales, y eso implica que tendremos que tomar decisiones de adoptar un nuevo marco normativo nacional e internacional común, sobre la circulación de vehículos y en especial de la responsabilidad civil por los daños. Esta nueva normativa no puede disminuir los niveles de seguridad ni desprotección de los consumidores o de las víctimas que hay actualmente en cada país. No podemos hacer un cambio normativo que vaya a la baja”, comentó.

 

Además, agregó que tanto para fabricantes, productores o usuarios de estos vehículos es necesario una determinación clara de las reglas del juego. “El fabricante querrá saber a qué responde y cuándo responde, y el usuario querrá saber cuándo se le indemniza, por qué y qué gravámenes tendrá que probar o que dificultades tendrá”, explicó el conferencista. En cuanto al criterio de imputación, detalló el Dr. Diez Ballesteros que “lo más razonable es que sea un criterio

 

de imputación objetiva adaptada los nuevos tiempos, en el cual es trascendental la figura de las compañías aseguradoras”.

 

“Esto va reforzado en el ámbito de la Unión Europea, con un aseguramiento obligatorio del robot para que sean las compañías de los seguros las que tengan los fondos de compensación, para que ellas respondan y sobre todo que exista un fondo, que pueda ser público, o de las propias aseguradoras que compensen e indemnicen”, concluyó el académico español.

Escrito por: 
Redacción
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